Se amplía al 1 de junio el plazo para la presentación de la declaración anual

El Servicio de Administración Tributaria informa que las personas físicas tienen hasta el 1 de junio para presentar la declaración anual del ejercicio 2008.
A los contribuyentes que aún no la hayan presentado, se les invita a cumplir esta obligación a través de Internet, utilizando la declaración pre llenada disponible en el Portal del SAT.
Si requieren asesoría para elaborar su declaración, en el Portal de Internet del SAT (www.sat.gob.mx) los contribuyentes pueden consultar toda la información necesaria, ingresar al servicio de chat o al servicio de orientación. También pueden llamar INFOSAT (01 800 46 36 728) gratuito desde todo el país o ver los tutoriales en
www.youtube.com/satmx.
Lo anterior como una medida preventiva, en concordancia con las acciones que está adoptando el Gobierno Federal en materia de salud, y a fin de evitar altas concentraciones de contribuyentes en los Módulos de Servicios Tributarios durante los últimos días de abril.

Published in: on abril 25, 2009 at 3:50 am  Dejar un comentario  
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Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior de IMMEX, ALTEX, ECEX Y/O PROSEC

 

Se acerca la fecha límite para presentar el reporte anual de operaciones de comercio exterior , correspondiente a las realizadas durante el año 2008, el cual debe presentarse por internet a través del modulo de Reportes Anuales IMMEX, ALTEX, ECEX Y/O PROSEC a más tardar el 31 de mayo.

El módulo para la captura del reporte ya se encuentra habilitado en la siguiente dirección electrónica http://primercontacto.economia.gob.mx/reporteAnual/ , por lo que les exhortamos a ir recabando la información que se ingresara al sistema.

En caso de no presentar el reporte en el plazo señalado anteriormente les serán suspendidos los beneficios, por lo que deberán de subsanar la omisión antes del último día hábil del mes de agosto, para IMMEX y antes del último día hábil del mes de junio para PROSEC, en caso contrario procederá la cancelación de los registros.

En caso de las empresas ALTEX la no presentación del reporte en el mes de mayo dará lugar a la cancelación del registro.

Es importante señalar que en el caso de que un registro IMMEX sea cancelado, la empresa no será sujeta a obtener otro registro IMMEX, PROSEC, ALTEX o cualquier otro programa de fomento a la exportación hasta por un plazo de cinco años a partir de la cancelación .

Finalmente es importante señalar que para accesar a este módulo es necesario contar con su CAESIT y la RUPA para nuevos IMMEX.

Published in: on abril 8, 2009 at 2:08 am  Dejar un comentario  
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